Salud y Educación Ambiental

El Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (8/7/2008), a través de la Manda IX – Plan Sanitario de Emergencia, intimó a ACUMAR a realizar acciones de diagnóstico, vigilancia epidemiológica, planificación, monitoreo y seguimiento de casos en salud ambiental. Específicamente, exigió al Organismo la presentación de un mapa sociodemográfico y encuestas de factores ambientales de riesgo.

En este sentido, ACUMAR busca prevenir los daños en la salud de las personas, las familias, y las comunidades expuestas a riesgos ambientales en la Cuenca con suficiente y razonable grado de predicción, a través de líneas de acción integrales e integradas que 10 posicionen al Organismo en su rol de articulador y coordinador interjurisdiccional para lograr el compromiso de los gobiernos locales en la ejecución del Plan Sanitario de Emergencia.

En particular, los objetivos son:

Indicadores

Hitos asociados al Fallo

100% de Urbanizaciones emergentes con riesgo muy alto evaluadas.
303 personas en seguimiento toxicológico por plombemia.
68 menores de 6 años en seguimiento.
16 Unidades sanitarias ambientales operativas.
12 Unidades aanitarias móviles operativas (refuncionalizadas).
Hospital de Cuenca Alta operativo.


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